Aprobado el nuevo marco retributivo para las plantas fotovoltaicas
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
El Consejo de Ministros aprobó el 22 de noviembre un Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al rápido proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación. Este Real Decreto establece un marco retributivo claro para los proyectos fotovoltaicos existentes.
El Real Decreto- ley fija el valor de la rentabilidad razonable para instalaciones renovables, cogeneración y residuos, y establece medidas para aprovechar los recursos tanto de acceso a la red como hídricos asociados a las centrales térmicas en proceso de cierre para asegurar que se crea actividad y empleo de calidad en las zonas en transición.
Certidumbre para inversores: rentabilidad razonable
Tal y como indica el comunicado del Consejo de Ministros, para dar certidumbre y visibilidad a las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos para el próximo periodo regulatorio y activar una respuesta para las instalaciones que vieron modificado su régimen retributivo con la normativa de 2013, es clave para reforzar la credibilidad de la apuesta española por el cambio de modelo energético y movilizar las inversiones que necesitamos a partir de ahora.
Siguiendo las propuestas realizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), se actualiza el valor de la rentabilidad razonable que se aplicará a las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos en el periodo 2020-2025. Será del 7,09% mientras que en la actualidad es del 7,398% o del 7,503% en función del tipo de instalaciones.
Esta propuesta evita la situación de incertidumbre que se daría para este tipo de instalaciones en el caso de no aprobarse con rango de ley el nuevo valor de rentabilidad razonable antes del 1 de enero de 2020.0 Por otra parte, plantea un ahorro para el consumidor de electricidad, dado que estas retribuciones se financian a través de los peajes y cargos que figuran en el recibo de la luz.
El Real Decreto-ley también actualiza la tasa de retribución financiera de la producción de energía eléctrica con retribución adicional en los territorios no peninsulares (TNP). Entre 2020 y 2025, será del 5,58%. Los últimos cinco años ha sido del 6,503%. De nuevo, la medida acarreará menores costes en la factura de la luz, para todos los consumidores y para los Presupuestos Generales del Estado.
Por otro lado, el Real Decreto-ley 9/2013 modificó el régimen jurídico y económico de las instalaciones de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Este cambio ha provocado un elevado número de litigios, tanto en la jurisdicción nacional como en cortes arbitrales internacionales, a los que sigue haciendo frente el Estado.
Para fijar un marco retributivo estable a las instalaciones afectadas por modificaciones del régimen económico del sistema eléctrico y contribuir a poner fin a los procedimientos existentes, el Real Decreto- ley da la opción a sus titulares de que el valor sobre el que girará la rentabilidad razonable establecida para el primer periodo regulatorio, el actual, quede fijado durante los dos periodos regulatorios que se sucedan, de manera consecutiva, a partir del 1 de enero de 2020, para aquellas instalaciones anteriores al Real Decreto-ley 9/2013. Es decir, mantendrán una rentabilidad razonable por sus instalaciones del 7,398% hasta 2031.
Esta medida no será de aplicación cuando exista el derecho a percibir una indemnización como consecuencia de una sentencia firme o un laudo arbitral definitivo, o se mantengan abiertos los procesos arbitrales o judiciales en curso, salvo que se acredite renuncia fehaciente a la percepción de dicha compensación, continuación o reinicio de dichos procesos.
Además, las instalaciones que así lo deseen podrán renunciar al marco retributivo que regula este Real Decreto-ley, y acogerse al ordinario, sujeto a revisión cada seis años.
También en relación al marco retributivo de las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, el Real Decreto-ley aprobado hoy establece que el Gobierno aprobará antes del 29 de febrero de 2020 el resto de parámetros retributivos que serán de aplicación entre 2020 y 2025, que requerían previamente de la definición de la rentabilidad razonable que se lleva a cabo en esta norma.
Medidas de transición justa
El Real Decreto ley dedica dos medidas de carácter urgente que contribuirán a favorecer una transición energética socialmente justa. En primer lugar, se ocupa de la concesión de acceso de evacuación a la red. La norma establece que el Ministerio para la Transición Ecológica podrá regular procedimientos y establecer requisitos para que, a la hora de otorgar una nueva concesión de acceso a un proyecto de energías renovables en los nudos donde se acometan cierres, se tengan en cuenta los criterios sociales, incluyendo el potencial de generación de empleo, y los criterios medioambientales.
En segundo lugar, se aborda la concesión de uso de aguas asociada a las centrales que cierran. El Real Decreto ley establece que se podrá decidir el otorgamiento de una nueva concesión para el uso de este agua a iniciativas y proyectos en el área geográfica donde se ubicaba la central clausurada. De nuevo, para su otorgamiento, se ponderarán criterios sociales y ambientales, teniendo en cuenta, además, que el uso para el abastecimiento de población siempre será prioritario.
Esta norma da respuesta a una necesidad urgente del sector fotovoltaico y renovable, que en los últimos años ha sufrido las consecuencias negativas asociadas a la inestabilidad regulatoria y a la constante incertidumbre que ésta supone.
el Real Decreto Ley, por el que se prorroga el valor actual de la rentabilidad razonable de las instalaciones de energías renovables, cogeneración y residuos para los próximos 12 años, con lo que se palía la incertidumbre regulatoria de los proyectos existentes.
UNEF celebra la aprobación del nuevo marco retributivo
La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha valorado muy positivamente el Real Decreto-Ley aprobadoLa tasa de rentabilidad definida por el RD Ley, que permite a las instalaciones anteriores a 2013 mantener su actual tasa del 7,398% y fija en un 7,09% la tasa para las instalaciones posteriores, estará en vigor durante los próximos dos periodos regulatorios de seis años, a partir del 1 de enero de 2020.
El mantenimiento del valor de la rentabilidad razonable de aplicación al régimen retributivo especifico para los proyectos fotovoltaicos existentes es un paso importante hacia la estabilidad y seguridad jurídica y da señales positivas a futuro para los inversores. “Eliminar la incertidumbre es fundamental para atraer las inversiones necesarias para desarrollar los más de 30 GW de proyectos fotovoltaicos que se tienen que instalar a 2030 para cumplir con los objetivos definidos por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima“ ha señalado Jorge Barredo, Presidente de UNEF.
Asimismo, desde UNEF se alaba la iniciativa de concesión de la capacidad de acceso que se libere después del cierre de las centrales térmicas a tecnologías limpias en base a criterios medioambientales y sociales. “La fotovoltaica puede jugar un papel importante en aquellas zonas cuya economía está relacionada con los combustibles fósiles, al generar empleo local y cualificado, tanto en su vertiente de grandes proyectos, como en autoconsumo“, ha señalado Barredo.
Además, desde el sector fotovoltaico se espera que en el futuro inmediato se puedan regular las dos principales asignaturas que todavía quedan pendientes para asegurar un desarrollo estable del sector y atraer las necesarias inversiones. Por un lado, el establecimiento de un mecanismo de subastas de energías renovables homologable internacionalmente, y por otro lado, la definición de un proceso de ordenación de la concesión de los puntos de acceso y conexión a la red eléctrica que sea transparente, para evitar posiciones dominantes.
Más información sobre UNEF en:
www.unef.es
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