Conoce la resolución que permite incrementar el valor de los CAE con actuaciones que reduzcan CO2
- Escrito por Alejandro Rodríguez CALORYFRIO
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución que permite incrementar el valor de los Certificados de Ahorro Energético (CAE) que se obtengan con actuaciones que reduzcan CO2 de forma intensiva, que beneficiará sobre todo al sector industrial.
En concreto, esta resolución establece el procedimiento para aplicar un coeficiente de corrección para actuaciones que tengan aparejada una reducción significativa de emisiones de CO2. Este instrumento impulsará la inversión en tecnologías industriales y de transporte significativamente más sostenibles en el país.
Hasta el 15% de los CAE otorgados en un mismo ejercicio podrá contar con un coeficiente multiplicador, considerándose el año en que se emita el CAE correspondiente.
En concreto, gracias a la medida, una empresa que implante una actuación de eficiencia que ahorre 200.000 toneladas equivalentes (teq) de CO2 al año y reduzca su consumo energético 200 gigavatios hora (GWh) al año, podría percibir del entorno de 50 millones de euros, considerando que el precio de venta de los CAEs es de 100 euro/MWh.
El Sistema de CAE se ha aplicado por primera vez este 2024, en el que se han certificado más de 600 actuaciones, que superarán los 1.800 GWh de ahorro conseguido, equivalente a más de 300 millones de euros en aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) -el valor de la equivalencia financiera de los CAE es de 182 euros/MWh este 2024-.
Coeficiente de corrección
El coeficiente de corrección por reducción de emisiones de CO2, en lo sucesivo el coeficiente de corrección, únicamente se aplicará dentro del ámbito del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, periodo 2021-2030 (en lo sucesivo, SNOEE) y para aquellos ahorros certificados de acuerdo con el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un Sistema de Certificados de Ahorro Energético (en lo sucesivo, Sistema de CAE).
2. El límite máximo de certificados de ahorro energético que se aceptará cada año, una vez aplicado el coeficiente de corrección será el 15 % de las obligaciones máximas del conjunto de sujetos obligados que se puedan liquidar por CAE.
3. A las actuaciones que se quieran beneficiar del coeficiente de corrección les será de aplicación el umbral del año en el que se prevea certificar o se certifique la actuación.
4. Para cada ejercicio, y desde el día de la entrada en vigor de esta resolución, el criterio de ordenación de la aplicación del coeficiente de corrección será el de prelación temporal, en base a la fecha de presentación de la solicitud de consulta voluntaria previa o de la solicitud de emisión de CAE. Las consultas voluntarias previas a las que se refiere esta resolución son las actuaciones previstas en el artículo 24 de la Orden TED/815/2023, de 18 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
Podrás encontrar más información en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la Resolución de 11 de diciembre de 2024,
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