Requisitos de Eficiencia Energética mínima para equipos de aire acondicionado
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
Requisitos de Eficiencia Energética mínima para los equipos de aire acondicionado de potencia < 12 kW. En relación con los valores de SEER (Factor de Eficiencia Energética Estacional) y de SCOP (Coeficiente de Rendimiento Estacional), relativos a los acondicionadores de aire < 12 kW, les hacemos notar que los equipos cuyos valores sean inferiores a los indicados en el cuadro que aparece a continuación, no se podrán introducir en el mercado* a partir del 1 de Enero de 2013, en base a lo dispuesto en el Reglamento 206 /2012 de la Comisión, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los acondicionadores de aire y a los ventiladores.
En base a estos Requisitos de Eficiencia Energética Mínima, y a pesar de que el Reglamento 626/2011, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de los acondicionadores de aire, contempla una escala de eficiencia energética, que llega hasta la “G”, según se refleja en el siguiente cuadro, los equipos cuya eficiencia energética esté comprendida entre los valores sombreados en gris del citado cuadro, y con refrigerantes con un GWP > 150, no se podrán introducir en el mercado* a partir del 1 de enero de 2013.
Los valores de Eficiencia Energética mínima, aplicables a partir del año 2014, se pueden consultar en los correspondientes Reglamentos:
· Reglamento 206/2012 (Ecodiseño): https://www.afec.es/es/ecodiseno-etiquetado-resumen
· Reglamento 626/2011(Etiquetado): https://www.afec.es/es/ecodiseno-etiquetado-otros-documentos
*NOTA: <<Introducción en el mercado: primera comercialización de un producto en el mercado comunitario con vistas a su distribución o utilización en la Comunidad, mediante pago o de manera gratuita y con independencia de la técnica de venta>> (Definición recogida en el artículo 2, punto 4, de la Directiva 2009/125, relativa a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía).
Esperamos que este artículo te haya servido para orientarte. Desde Caloryfrio.com recomendamos siempre consultar a un instalador de aire acondicionado acreditado para resolver tus dudas y realizar tu proyecto con el mejor resultado.
Fuente: AFEC
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