Novedades en normativas que afectan a los gases fluorados de efecto invernadero: actualización de la F-GAS y del impuesto
- Escrito por Guillermo Martínez López
En los últimos años, tanto a nivel europeo como a nivel nacional, se han adoptado medidas en el sector de los gases fluorados de efecto invernadero, que han conllevado una reducción muy notable de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEIs) en los sectores y aplicaciones demandes de estos gases fluorados y, particularmente, en el sector de la refrigeración.
Dentro de estas medidas, destacan el Reglamento (UE) 517/2014, sobre gases fluorados de efecto invernadero, conocido como la F-GAS, y el impuesto nacional a los gases fluorados de efecto invernadero creado por el artículo 5 de la ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Estas medidas junto con otras que han aprobado recientemente, como el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, han provocado una disminución muy importante en las emisiones de estos gases fluorados de efecto invernadero.
Así, conforme al Inventario Nacional de emisiones de gases de efecto invernadero desde 2014, las emisiones de estos gases se han reducido en más del 50% desde 2014, como consecuencia de la implementación de estas medidas que han provocado el fomento de tecnologías alternativas de bajo o nulo Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) en nuevas instalaciones y la reducción de fugas en instalaciones existentes a través de medidas como la reducción de fugas o reconversiones al uso de refrigerantes de bajo PCA.
Asimismo, estas medidas han provocado generación de empleos y movilización de inversiones hacia una economía más verde y se han puesto como ejemplo de buena práctica en distintos organismos internacionales como la Convención Marco de Naciones Unida contra el Cambio Climático y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
No obstante, se ha producido un incremento en el tráfico ilegal de estos gases en los últimos años. Por eso, tanto a nivel europeo como nacional, se está planteando la modificación de estas normas con objeto de reducir este problema relativo al tráfico ilegal de estos gases.
Actualización de la F-Gas antes de 2023
Respecto al Reglamento (UE) 517/2014 sobre gases fluorados de efecto invernadero, la Comisión Europea, inició un procedimiento de consulta pública que finalizo el 29 de diciembre de 2020. Tras este periodo de consulta, la comisión mantuvo un proceso de dialogo con los agentes interesados y, a largo del último trimestre de este año 2021, se espera que presente su propuesta que será negociada tanto por el Consejo Europeo como el Parlamento Europeo. La aprobación definitiva del nuevo Reglamento se espera para finales de 2022 o primer semestre de 2023.
El objeto principal de esta propuesta de la revisión del Reglamento (UE) 517-2014, es el de simplificar el actual sistema de cuotas de Hidrofluorocarbonos (HFCs) con objeto de reducir el uso indebido de este sistema y, en consecuencia, el tráfico ilegal de estos gases. También, se plantea la necesidad de extender el sistema de cuotas de HFCs más allá de 2030 con objeto de cumplir con los compromisos adquiridos por la Unión Europea en la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal, sobre sustancias que agotan la capa de ozono.
Modificación del impuesto nacional
Respecto del impuesto nacional a los gases fluorados de efecto invernadero, recientemente, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha realizado la consulta pública previa para la modificación del impuesto nacional a los gases fluorados de efecto invernadero. La aprobación de la modificación de este impuesto se espera que se realice a largo del último trimestre de 2021.
Los objetivos principales que persigue la modificación de este impuesto son la simplificación de su gestión y lograr con ello un mayor control del mismo. En la actualidad, el devengo de este impuesto se realiza al final de la cadena de distribución de estos gases, justo en el momento en que los instaladores realizan la recarga de los equipos existentes de refrigeración y climatización, lo que provoca que el número de contribuyentes a controlar sea bastante elevado. Así, si el devengo del impuesto se produjera al principio de la cadena de distribución, justo en la primera puesta del mercado nacional, ya sea por importación o adquisición intracomunitaria, el número de contribuyentes a controlar sería más reducido y con ello se facilitaría su control.
Por último, resaltar, que todas estas modificaciones legislativas ayudarán a cumplir con los objetivos climáticos del estado español tanto a 2030 como a 2050. Asimismo, ayudarán a mantener la posición de vanguardia de nuestro país en materia de mitigación de gases fluorados de efecto invernadero.
¿Te ha resultado útil? Compártelo
Artículos relacionados
- Reclaman a los grupos parlamentarios aprobar incentivos fiscales a los combustibles renovables
- La COP29 se pone en marcha con la financiación climática en su agenda
- Siber impulsa la sostenibilidad en ventilación, aportando eficiencia y bienestar en cada proyecto
- GEOENERGÍA respalda la petición del CESE a la Comisión Europea para elaborar una estrategia que incentive la geotermia
- Los Administradores de Fincas Colegiados logran que se acepten sus propuestas para modificar la Ley de Propiedad Horizontal