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El sector de las energías renovables continúa sumido en la incertidumbre tras la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Real Decreto 09/2013

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La Fundación Renovables considera que en los últimos años son demasiadas las ocasiones en las que España pierde la oportunidad de acabar con la situación de incertidumbre en la que vive el sector de las energías renovables.
Tras el conocimiento del texto completo por parte del Alto Tribunal sobre la constitucionalidad del Real Decreto Ley 9/2013 son varias las dudas que nos asaltan: quizás la más destacable es aquella en la que se viene a afirmar la adecuación normativa de la misma aduciendo, sin apenas justificarlo, que no se puede esgrimir que vulneren los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima. Es aquí donde el voto particular del Magistrado Juan Antonio Xiol Rios (al que se adhieren dos Magistrados más) toma cuerpo: como bien señala el Magistrado, quizás esta era “la oportunidad para haber aclarado el concepto, no sólo desde el punto de vista normativo, sino también desde el punto de vista social”. No solo inversores españoles se han visto afectados por estos cambios en la regulación, sino que también varios cientos extranjeros han presentado demandas ante las cortes internacionales de arbitraje.
 
La Fundación Renovables aprecia que en esta decisión judicial subyace un aval a una voluntad política. Mucho se ha escrito sobre la judicialización de la política o la politización de la justicia, quizás ambas siempre coexistieron desde que los romanos establecieran las primeras normas y principios que fueron formando el cuerpo normativo de lo que hoy conocemos como Derecho. La Fundación tiene claro que, en el hoy tan cambiante mundo, con la globalización y la proliferación normativa que existe, no se pueden establecer “verdades absolutas” desde el punto de vista normativo, pero también es verdad que hay principios básicos que deben regir nuestro devenir en las relaciones con nuestros congéneres.
 
El Derecho como sistema de normas regulador de las relaciones con el otro puede ser justo o injusto y no por ello deja de ser Derecho. Lo verdaderamente importante es entender que la Administración debe ejecutar, usando su potestad de autoorganización y en un ejercicio de responsabilidad ante los fines que la justifican, el derecho más útil para la consecución del interés general. Está claro que el Tribunal Constitucional en su sentencia tendría que haber afrontado de una manera más sistemática y amplia una resolución que es de gran relevancia social por su alcance jurídico y económico.
 
Desgraciadamente el camino judicial que tenemos por delante es aún largo: el Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA) contra el Real Decreto 900/2015, que regula las instalaciones de autoconsumo y en su diligencia viene a decir que no descarta acudir al mecanismo de la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y además aún queda por dilucidar la constitucionalidad de la Ley 24/2013. Y decimos desgraciadamente porque el sistema que nos regula en lo relativo al ámbito de las renovables debería ser transparente, imparcial y sin cortoplacismos. Desde la Fundación Renovables abogamos por un sistema en el que la energía sea un derecho básico al que tengan acceso todos los ciudadanos y no pueda verse afectada por los vaivenes políticos y por ende administrativos. No debemos olvidar que son muchos los ciudadanos afectados por esta decisión judicial y el futuro de muchas familias se ha visto hipotecado. 
 
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Modificado por última vez enJueves, 27 Febrero 2020 13:48

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