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Recomendaciones para la aplicación del nuevo RITE en la reposición de calderas

Artículos del RITE que afecta a la instalación de calderas: chimeneas y saluda de humos Para los profesionales de este sector, el RITE o Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios es un documento de referencia. El documento entró se publicó en el BOE y entró en vigor en abril del 2013, actualizando la normativa anterior del año 2008. En este artículo explicaremos alguno de los apartados de esta normativa que más afectan a la reposición de calderas: qué dice el RITE sobre las salidas de humos, la colocación de chimeneas, etc.

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El RITE nace con el objetivo de establecer las exigencias de bienestar e higiene, eficacia, ahorro energético y seguridad; que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios destinados a atender la demanda de confort de las personas durante su: diseño y dimensionado, ejecución y uso y posterior mantenimiento. Es decir, busca el bienestar y la seguridad de quien usa las instalaciones, pero con una base principal: eficiencia y ahorro energético de las mismas.

En uno de sus apartados más importantes (sobre la evacuación de los productos de la combustión, es decir la salida de humos y las chimeneas), indica lo siguiente:

IT 1.3.4.1.3 Chimeneas
IT 1.3.4.1.3 Evacuación de productos de la combustión

a) Los edificios de viviendas de nueva construcción en los que no se prevea una instalación térmica central ni individual, dispondrán de una preinstalación para la evacuación individualizada de los productos de la combustión, mediante un conducto conforme con la normativa europea, que desemboque por cubierta y que permita conectar en su caso calderas de cámara estanca tipo C, según la norma UNECEN/TR 1749 IN.

b) En los edificios de nueva construcción en los que se prevea una instalación térmica, la evacuación de los productos de la combustión del generador se realizará por un conducto por la cubierta del edificio, en el caso de instalación centralizada, o mediante un conducto igual al previsto en el apartado anterior, en el caso de instalación individualizada.

c) En las instalaciones térmicas que se reformen cambiándose sus generadores y que ya dispongan de un conducto de evacuación a cubierta, éste será el empleado para la evacuación, siempre que sea adecuado al nuevo generador objeto de la reforma y de conformidad con las condiciones establecidas en la reglamentación vigente.

d) En las instalaciones térmicas existentes que se reformen cambiándose sus generadores que no dispongan de conducto de evacuación a cubierta o éste no sea adecuado al nuevo generador objeto de la reforma, la evacuación se realizará por la cubierta del edificio mediante un nuevo conducto adecuado.

Como excepción a los anteriores casos generales se permitirá siempre que los generadores utilicen combustibles gaseosos, la salida directa de estos productos al exterior con conductos por fachada o patio de ventilación, únicamente, cuando se trate de aparatos estancos de potencia útil nominal igual o inferior a 70 kW o de aparatos de tiro natural para la producción de agua caliente sanitaria de potencia útil igual o inferior a 24,4 kW, en los siguientes casos:

1) En las instalaciones térmicas de viviendas unifamiliares.

2) En las instalaciones térmicas de edificios existentes que se reformen, con las circunstancias mencionadas en el apartado d), cuando se instalen calderas individuales con emisiones de NOx de clase 5.

Esto indica claramente que la evacuación de salida de gases de calderas a gas (dejando a un lado la vivienda unifamiliar), se debe realizar a cubierta en todos los casos, tanto en obra nueva como en REPOSICIÓN.

Recordamos que para obra nueva todas las calderas deben ser obligatoriamente de condensación, incluso las mayores a 70 kW. A continuación, hablaremos de los requisitos que dispone el RITE a la hora de realizar una reposición de calderas.
Siempre se deben cumplir los requisitos mínimos de eficiencia señalados en la IT 1.2.4.1.2.1:

10. En las instalaciones que se reformen, queda prohibida la instalación de calderas para calefacción de combustibles fósiles que no cumplan las siguientes características:

1. Rendimiento a potencia útil nominal y una temperatura media del agua en la caldera de 70°C: η ≥ 90 + 2 log Pn 

2. Rendimiento a carga parcial de 0,3 « Pn y a una temperatura media del agua en la caldera igual o superior a 50°C: η ≥ 86 + 3 log Pn” 

La salida a fachada se puede realizar únicamente en las calderas de clase 5 de NOx (condensación por premezcla o bajo NOX) excepto en unifamiliares.

Se pueden utilizar calderas estancas que cumplan las condiciones de rendimiento mínimo con: 

  • Salida a cubierta
  • Salida a cubierta o fachada en unifamiliares
  • Configuración B3X si la salida de combustión va a una chimenea colectiva a cubierta a la que no desemboquen equipos de tiro natural 

Para la reposición, tanto de los acumuladores a gas como de los calentadores, hay que tener en cuenta que durante 5 años se puede reponer calentadores instantáneos (en teoría instalados en el interior solamente) con calentadores atmosféricos. Y también en estos casos hay que recordar que no existen condiciones de eficiencia mínima. 

Caldera Condensación

  • A favor: obtener un mayor rendimiento (4 **** según 92/42 CEE). Sin olvidar la baja emisión de partículas contaminantes (Clase 5 bajo NOx).
  • En contra: en la reposición, éste mayor rendimiento no se conseguirá puesto que la mayoría de instalaciones de calefacción están calculadas y ejecutadas para trabajar con temperaturas de envió altas (80ºC aprox). Pero las calderas de condensación están especialmente diseñadas para trabajar a bajas temperaturas por lo que su rendimiento no será tan elevado.

Adicionalmente, el sobreprecio necesario para adquirir una caldera de condensación no se verá correspondido con una disminución de consumo significativa, salvo que se realice una modificación de la instalación de calefacción preparándola para trabajar con bajas temperaturas de envío (aumentar superficie radiante, etc).

Además, existe el inconveniente de la recogida de condensados, imprescindible en este tipo de calderas, y que en instalaciones donde no se tuvo en cuenta (por no usar calderas de condensación), a la hora de la reposición resulta muy complicado llevar un conducto de la caldera al desagüe.

Caldera Estándar Bajo NOx

  • A favor: la baja emisión de partículas contaminantes, obteniendo Clase 5 en emisiones NOx según EN 297/A. Sus ventajas son todos los inconvenientes de la condensación en reposición:

- Cumplimiento con el RITE en reposición: bajas emisiones manteniendo instalación actual (salida de gases a fachada).
- No necesita recogida de condensados.
- Dependiendo del fabricante, alta eficiencia energética en lo que se refiere a rendimiento, con un marcado 3 *** según 92/42 CEE (lo habitual hasta ahora era conseguir únicamente 2 **), sin necesidad de tener instalaciones preparadas para obtener este rendimiento.
- Coste de la reposición sin sorpresas.

  • En contra: en el caso de la reposición, no hay inconvenientes. Solo en el caso de nuevas instalaciones de baja temperatura, y si se busca alta eficiencia energética, la tecnología más eficiente es la condensación.

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Modificado por última vez enMartes, 26 Enero 2021 13:55

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