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Autoconsumo solar fotovoltaico: Guía e Infografía para entenderlo mejor

Autoconsumo solar fotovoltaicoEl autoconsumo solar en su modalidad fotovoltaica, ha copado más protagonismo los últimos meses. De ser un concepto casi desconocido y ligado únicamente a profesionales del sector, a ser el objetivo de las facturas eléctricas de muchos usuarios.

En este artículo te resumimos con una infografía todo lo que necesitas saber sobre el autoconsumo fotovoltaico: qué es, cómo funciona, qué modalidades de autoconsumo existen y cómo se regula. 

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Infografía sobre autoconsumo solar fotovoltaico

¿Qué es el autoconsumo solar fotovoltaico?

La esencia de una instalación de autoconsumo fotovoltaico, basada en el funcionamiento de la energía fotovoltaica,  ofrece al usuario la posibilidad de consumir energía eléctrica que se ha generado en una instalación de su propiedad. Es importante no confundir con las llamadas instalaciones de autoconsumo “aisladas” (sin conexión a red) puesto que, la mayoría de instalaciones actuales de autoconsumo, estarán orientadas a usuarios que ya disfrutan de electricidad consumida de la red nacional. El autoconsumo fotovoltaico, en este caso, ofrece la posibilidad de consumir energía propia, pero permaneciendo con la conexión a la red, para situaciones en las que la demanda sea mayor, o cuando la instalación no esté produciendo. 

Elementos de una instalación de autoconsumo fotovoltaico

Paneles solares

La figura principal en una instalación de este tipo es sin duda el panel solar o paneles de captación de la radiación solar.

Los tipos más extendidos de paneles fotovoltaicos son los de silicio monocristalino y silicio policristalino. La diferencia estética es claramente visible por el característico tono azulado que adquieren los paneles policristalinos, mientras que los monocristalinos destacan por el color negro intenso y la particular forma de las células; pero la principal diferencia entre ambos tipos es la pureza del silicio empleado en su fabricación.

Otras características físicas a tener en cuenta en los tipos de módulos es el tamaño del panel y la potencia de trabajo. Actualmente las casas fabricantes, cuentan con multitud de opciones y ofrecen los equipos más adaptados para cada situación.

Existe otro tipo de panel llamado de capa fina, estos pueden contar con otros materiales empleados como semiconductor (aparte del silicio) como el teluro de cadmio o arseniuro de galio.

Por muy familiarizados que estemos con la estética de estos módulos, es conveniente asesorarse correctamente por un instalador profesional y estudiar las diferentes opciones de las casas fabricantes. Entre estas opciones, debemos fijarnos en la garantía de los paneles solares. Un panel solar cuenta con dos garantías principales: una de rendimiento y otra de producto.

Anclajes o estructuras

Hay otros elementos, menos visibles, que son igualmente necesarios para que la instalación ejerza su trabajo. Por un lado, están los elementos de anclaje o estructuras sobre las que irán montados los módulos o paneles. En función del tipo de instalación y del lugar en la que irá ubicada, estas estructuras variarán tanto en forma y tamaño como en modalidad de anclaje.

Inversor solar

Otro de los elementos fundamentales en toda instalación es la presencia de un inversor solar, para la necesaria transformación al voltaje adecuado de la energía generada por el panel.

El modelo de inversor solar que se utilice también dependerá del tamaño de la instalación (número de captadores o módulos). Si la instalación la conforman uno o dos módulos, se suelen emplear los llamados micro inversores, ubicados en cada panel (o en cada pareja de paneles); pero para instalaciones mayores (por ejemplo en cubiertas de naves industriales) se emplean los conocidos inversores string, que generalmente cada inversor acompaña a una misma línea de captadores.

Baterías (opcional)

En el caso del autoconsumo la batería debe ser siempre de litio, que tiene un coste importante, por lo que debemos tener claro que vamos a aprovecharla. La batería puede introducirse en una segunda fase de la instalación, una vez que comprobemos qué cantidad de energía mandamos a la red eléctrica. Esa energía podemos almacenarla en la batería y consumirla por la noche.

Medidor de consumo

Un medidor de consumo que a través de la monitorización del inversor nos va a dar unas lecturas no sólo de cuánto produce nuestro inversor y de cuánto estamos consumiendo, de forma que comprobaremos el ahorro. Consumo 100kw, produzco 80 kW, estoy ahorrando un 80%.  

Será también necesario que en todo proyecto de autoconsumo se defina el cableado y sus protecciones eléctricas, según la normativa vigente. 

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Modalidades de autoconsumo

La nueva figura del autoconsumo solar,  recoge varias posibilidades de autoconsumo atendiendo en un primer orden al número de propietarios que tendrá la futura instalación.

De esta forma, sigue figurando el autoconsumo individual, para aquellos propietarios únicos de una instalación solar fotovoltaica preparada para el suministro eléctrico de un único lugar (puede ser vivienda, o negocio, local, hotel, instalación deportiva…)

Con la adecuación que ofrece el actual Real Decreto de Autoconsumo (RD244/2019), se han puesto en marcha la modalidad de autoconsumo colectivo, extrapolando la propiedad de la instalación, de un único titular a un conjunto de propietarios, los cuales se beneficiarán de la producción de dicha instalación.

De esta forma, se fomentará esta modalidad en las comunidades de viviendas de diferentes propietarios así como el ser una alternativa viable también en los polígonos de actividades industriales, unas localizaciones grandes consumidoras de energía, y que además, cuentan con espacios más propicios para estas instalaciones.

Para estos pequeños autoconsumidores, esta normativa reduce los trámites administrativos a llevar a cabo y establece el conocido mecanismo simplificado de compensación de la energía no consumida.

La puesta en marcha de estas instalaciones colectivas de autoconsumo requieren de cierta mentalización por parte de los futuros propietarios. Se podrán acoger a la modalidad de autoconsumo colectivo si se da una de las siguientes circunstancias:

  • Estar conectados a un mismo centro de transformación.
  • Distancia máxima de 500 metros entre la futura instalación fotovoltaica y cada uno de los autoconsumidores.
  • La instalación fotovoltaica y los autoconsumidores deben pertenecer a la misma referencia catastral (14 primeros dígitos-parcela y hoja del plano-).

Es importante planificar previamente a la adquisición de la instalación fotovoltaica, un acuerdo o acuerdos vecinales (o de propietarios) mediante los que se indiquen los datos tanto de coste como de beneficios resultantes de la instalación, señalado estos valores mediante porcentajes (es interesante en este supuesto, tener presente la Ley de Propiedad Horizontal).

El reparto de la energía generada por la instalación dependerá del propio acuerdo de los participantes, fijando valores de reparto constantes. Estos criterios deben de quedar recogidos en el acuerdo realizado entre las partes intervinientes; será necesario que cada consumidor informe de esta situación a su compañía distribuidora.

Comunidades energéticas locales

Las denominadas comunidades energéticas locales aparecen como un nuevo concepto pretendiendo ser parte activa del escenario para una transición energética necesaria y más justa.

El objetivo social principal de estas comunidades será ofrecer beneficios energéticos, que conlleven asimismo beneficios también medioambientales, económicos y/o sociales a sus miembros o a la localidad en la que desarrolla su actividad, poniendo por delante los citados beneficios a la rentabilidad financiera.

Las actividades a desarrollar podrán ser la generación de energía (principalmente de fuentes renovables), su distribución, suministro, también su consumo y su almacenamiento, la prestación de servicios de eficiencia energética y opciones de recarga para vehículos eléctricos entre otros servicios.

Esta figura a día de hoy, no está reconocida en nuestra legislación nacional, pero la Unión Europea sí está promoviendo ciertos avances en la actualidad. 

Regulación del autoconsumo en España

Todas estas operaciones están reguladas en España por el Real Decreto 244/2019 de 5 de abril, una norma que completa el marco regulatorio en materia de autoconsumo en conjunto con el Real Decreto-ley 15/2018 (derogación del llamado impuesto al sol); aportando así una mayor seguridad a los usuarios.

Este impulso del autoconsumo tendrá un positivo efecto sobre la economía nacional, sobre el sistema energético eléctrico y sobre todo, hacia los consumidores.

Es ya conocida otra de las novedades del citado RD, y es la implantación de los mecanismos de compensación de excedentes de la energía. Hasta el momento de su entrada en vigor, si el autoconsumidor deseaba obtener una compensación por este exceso de producción energética no consumida, debía constituirse jurídicamente como productor energético, con toda la burocracia fiscal que implica por ley. Ahora, la entidad comercializadora del usuario, compensará en las facturas por la energía excedentaria.

Estas herramientas de compensación se establecen en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, y a su vez figuran recogidas de nuevo en el artículo 4 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril.

¿Es rentable el autoconsumo solar en España?

El autoconsumo solar en España siempre resulta rentable. Los gastos de la inversión que se debe realizar se pueden retornar en 6/8 años de media, aunque hay que tener en cuenta factores como el consumo, que depende de la actividad del usuario y de su ubicación. 

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Modificado por última vez enMartes, 31 Octubre 2023 11:21

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