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2018, un año con importantes novedades normativas

repartidores costes calefacciónEl ámbito normativo se presenta con importantes novedades este año 2018.

A la próxima revisión de la Directiva Europea de Eficiencia Energética, la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética y el Proyecto de Real Decreto para la modificación del Código Técnico de la Edificación hay que sumar el próximo Real Decreto por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios y para la que ya se ha abierto consulta pública previa.

Decreto Ley Contabilización Consumos Individuales Instalaciones Térmicas

El pasado mes de octubre, en Caloryfrio.com nos hicimos eco de la noticia en la que se anunciaba el emplazamiento enviado a España por parte de la Comisión Europea, y en el que se anunciaban acciones jurídicas ante el incumplimiento de la correcta trasposición de la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.

Y es que desde que se publicara en el Diario Oficial de la Unión Europea el 14 de noviembre de 2012, dicha Directiva con la intención de establecer un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética dentro de la UE a fin de asegurar la consecución del objetivo planteado para el año 2020, España ha ido retrasando la trasposición al ordenamiento español de algunos de los aspectos de dicha normativa.

En concreto, toda la parte relativa a la instalación de contadores individuales y sistemas de imputación de costes de calefacción para medir el consumo de energía quedó aplazada y sin fecha concreta de realización.

Ahora, el Ministerio de Energía, ante la inminente apertura de un expediente sancionador por parte de Bruselas ha preparado el borrador del Real Decreto para la regulación de los consumos individuales en instalaciones de calefacción y agua caliente centralizadas y ha elevado a consulta pública previa el borrador del citado Decreto Ley con el que se pretende recabar la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas por la norma proyectada.

Así en la consulta, cuya fecha límite para la remisión de observaciones está fijada para el 20 de enero, el Ministerio de Energía incluye las siguientes cuestiones:

  • ¿Qué medidas deberían adoptarse para transponer la obligación sobre contabilización individualizada de los consumos individuales en instalaciones térmicas existentes antes de la entrada en vigor del RITE de la manera más eficaz y más eficiente?
  • ¿Qué condiciones técnicas o geográficas deben tenerse en cuenta a la hora de determinar las instalaciones térmicas sujetas a la obligación de instalar sistemas de contabilización individual?
  • ¿Qué criterios emplearía para valorar la rentabilidad económica derivada de la instalación de sistemas de contabilización individual?
  • ¿Considera que la obligación debería implementarse de manera escalonada en el tiempo? ¿qué criterios establecería?
  • ¿Qué información debería contener la factura para que los consumidores mejoren la eficiencia energética de su consumo? ¿Qué otras medidas podrían aplicarse?

En definitiva, a través de esta consulta pública se pretende establecer las exigencias y obligaciones en lo relativo a la contabilización de los consumos individuales que deben cumplir las instalaciones térmicas centralizadas de los edificios existentes con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio , así como determinar los procedimientos que permitan acreditar su cumplimiento, tal y como se exige en el artículo 9 de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética.

También se pretende establecer las obligaciones relativas a la información sobre la facturación y el coste de acceso a la información sobre medición y facturación, tal y como determina la citada Directiva 2012/27/UE en los artículos 10 y 11.

Todo esto supondrá un importante cambio para los consumidores que aún disponen de instalaciones de calefacción y agua caliente centralizada quienes se verán obligados, si aún no lo han hecho, a instalar contadores individuales, válvulas termostáticas y repartidores de costes necesarios para la medición del consumo real de cada vecino.

Y aunque la instalación de estos repartidores de costes pueda suponer una inversión inicial de 20 o 30 euros por cada radiador, lo cierto es que esta medida, contribuirá de forma muy importante al ahorro y a la eficiencia energética de los edificios ya que, con la utilización de estos sistemas, se obtienen ahorros de hasta un 25% en el gasto de calefacción.

Nuevas ayudas para la rehabilitación energética de edificios

Directamente relacionado con el punto anterior, recientemente el IDAE ha anunciado las bases de la segunda convocatoria del programa de ayudas destinadas a proyectos de rehabilitación energética de edificios (PAREER II), dotada con 125,6 millones de euros.

Esta nueva línea de ayudas están dirigidas a aquellos proyectos de rehabilitación energética que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final de los edificios, mediante la mejora de la eficiencia energética en actuaciones sobre la envolvente térmica, sobre las instalaciones térmicas y de iluminación, y mediante actuaciones encaminadas a la sustitución de los sistemas de energía convencional por sistemas de energía solar térmica o geotérmica.

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, las bases contemplan:

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, siempre que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Las empresas de servicios energéticos.

El presupuesto de este programa proviene del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, y puede ser cofinanciado con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Más sobre la Directiva Europea de Eficiencia Energética

El IV Congreso de Edificios de Energía Casi Nula celebrado a mediados del mes de diciembre, dejó patente la evolución del sector de la eficiencia energética en nuestro país de cara a cumplir con los objetivos marcados por la normativa europea para el año 2020.

En este sentido, hace tan solo unas semanas, la Presidencia estonia del Consejo de la UE, alcanzó un acuerdo provisional con el Parlamento Europeo sobre la revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios y se prevé que el análisis final y la aprobación del acuerdo sobre dicha norma se efectúen a comienzos de 2018.

La Directiva que, fomenta la eficiencia energética y aspira a aumentar el ahorro de energía en el sector de la construcción, prevé una actualización de las normas en vigor que tenga en cuenta los recientes avances tecnológicos.

Es crucial intensificar la renovación del parque inmobiliario de la UE en los próximos años a fin de aumentar su rendimiento energético. El nuevo marco simplificado cubrirá la velocidad, la calidad y la eficacia de la renovación de los edificios, con el objetivo a largo plazo de evolucionar hacia la descarbonización de los edificios.

A resultas de ello disminuirá el consumo de energía de los edificios en la UE, que actualmente asciende al 40 % del total de energía, con lo que se contribuirá de forma significativa a alcanzar los objetivos de eficiencia energética de la UE para 2020 y 2030.

Los Estados miembros deberán ahora establecer estrategias de renovación a largo plazo encaminadas a que la inversión en renovación del parque inmobiliario nacional vaya dirigida a lograr un parque inmobiliario descarbonizado y de elevada eficiencia energética a más tardar en 2050.

También se simplificarán las inspecciones de las instalaciones de calefacción y aire acondicionado de los edificios. La nueva legislación reconoce la competencia de los Estados miembros para establecer las medidas de inspección adecuadas y la frecuencia de las inspecciones. El umbral uniforme para todas las inspecciones será de 70 kW.

Además, se realizaría un estudio de viabilidad para considerar la introducción de inspecciones de los sistemas de ventilación independientes. Con el fin de simplificar el proceso de aumento de la eficiencia energética y racionalización de los costes de las inspecciones, se podrán introducir alternativas eficaces, tales como asesoramiento.

Los edificios deberán estar equipados con sistemas de automatización y control de aquí a 2025 solo cuando se considere técnica y económicamente viable.

La digitalización del sistema energético está transformando y modernizando rápidamente el panorama energético. Con el fin de velar por el funcionamiento eficiente de los edificios, la nueva Directiva se atiene a los objetivos del mercado único digital y la Unión de la Energía. Como parte de la concepción de los futuros edificios inteligentes se fomentan el uso de tecnologías inteligentes y la integración de las energías renovables para ajustar y reducir el consumo de energía.

Otras novedades normativas en edificación

El año 2018 también supondrá novedades normativas en relación al Código Técnico de la Edificación.

Y es que a la Orden FOM/588/2017, de 15 de junio de 2017, por la que se modificó el DB-HS-3 de Salubridad del Código Técnico de la Edificación y en la que se especificaban nuevos caudales de ventilación para viviendas respecto a su versión anterior, fue el anticipo del nuevo Proyecto de Real Decreto en el que ya se está trabajando desde hace meses.

Esta nueva modificación, para la que ya se ha abierto el plazo de “consulta pública previa”, incluye la revisión del Documento Básico DBHE de Ahorro de Energía, para ajustar las exigencias de eficiencia energética de los edificios, para actualizar la definición de edificios de consumo de energía casi nulo y para incrementar el peso de las energías renovables en la edificación.

Desde Caloryfrio.com os iremos informando puntualmente de todas estas novedades a través de nuestro portal, blog, redes sociales, boletines, etc. y como siempre, seguiremos compartiendo con todos vosotros, los profesionales del sector, toda la información y conocimiento con el máximo rigor.

Modificado por última vez enJueves, 15 Abril 2021 16:16

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