Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas. Ensayos y puesta en servicio de las instalaciones de frío y refrigeración
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
Como continuación a nuestro primer artículo resumen acerca de los requisitos mínimos que debe cumplir una instalación frigorífica, trataremos en esta ocasión los ensayos que deben realizarse y sobre los requisitos para la puesta en servicio de las instalaciones de frío y refrigeración.
A este respecto, dice la normativa que antes de la puesta en servicio de un sistema de refrigeración todos sus componentes o el conjunto de la instalación deberán someterse a los siguientes ensayos:
Ensayo de resistencia a la presión
De acuerdo con los requisitos de la tabla 2 de la IF-06, todos los componentes deberán ser sometidos a una prueba de resistencia, bien antes de salir de fábrica o en su defecto en el lugar de emplazamiento.
Los indicadores de presión y dispositivos de control podrán ser probados a presiones inferiores, pero no por debajo de 1,1 veces la presión máxima admisible. Con respecto a los fluidos para ensayos de resistencia a la presión, dicho ensayo deberá ser de tipo hidráulico utilizando agua u otro líquido no peligroso adecuado, excepto cuando por razones técnicas, el componente no deba probarse con líquido; en tal caso podrá utilizarse para el ensayo un gas que no sea peligroso y sea compatible con el refrigerante y los materiales del sistema.
No se permite el empleo de refrigerantes fluorados en este tipo de ensayos.
Como resultado de estas pruebas no deberán generarse deformaciones permanentes, excepto que la deformación por presión sea necesaria para la fabricación de los componentes, por ejemplo durante la expansión y soldadura de un evaporador multitubular. En este caso se considerará necesario que el componente esté calculado para resistir, sin rotura, una presión como mínimo tres veces la de diseño del mismo.
Con respecto a los ensayos de presión en las tuberías de los sistemas de refrigeración, las tuberías de interconexión de los sistemas frigoríficos serán sometidas a una prueba neumática a 1,1 por la presión máxima admisible (PS).
Previamente se deberán llevar a cabo los ensayos no destructivos detallados en la siguiente tabla
Todas estas pruebas deberán ser realizadas por una empresa frigorista.
Las juntas sometidas a la prueba deberán estar perfectamente visibles y accesibles, así como libres de óxido, suciedad, aceite, u otros materiales extraños. Las juntas solamente podrán ser pintadas y aisladas o cubiertas una vez probadas.
El sistema deberá ser inspeccionado visualmente antes de aplicar la presión para comprobar que todos los elementos están conectados entre sí de forma estanca. Todos los componentes no sujetos a la prueba de presión deberán ser desconectados o aislados mediante válvulas, bridas ciegas, tapones o cualquier otro medio adecuado. Deberá realizarse una prueba previa a una presión de 1,5 bar antes de otras pruebas con objeto de localizar y corregir fugas importantes.
La temperatura de las tuberías durante la prueba deberá mantenerse por encima de la temperatura de transición dúctil-frágil. Se tomarán todas las precauciones adecuadas para proteger al personal contra el riesgo de rotura de los componentes del sistema durante la prueba neumática.
Los medios utilizados para suministrar la presión de prueba deberán disponer o bien de un dispositivo limitador de presión o de un dispositivo de reducción de presión y de un dispositivo de alivio de presión y un manómetro en la salida. El dispositivo de alivio de presión deberá ser ajustado a una presión superior a la presión de prueba, pero lo suficientemente baja para prevenir deformaciones permanentes en los componentes del sistema.
La presión en el sistema deberá ser incrementada gradualmente hasta un 50% de la presión de prueba, y posteriormente por escalones de aproximadamente un décimo de la presión de prueba hasta alcanzar el 100% de ésta. Así, deberá mantenerse en el valor requerido durante al menos 30 minutos. Después deberá reducirse hasta la presión de prueba de estanqueidad.
Las juntas mecánicas en las que se hayan insertado bridas ciegas o tapones para cerrar el sistema o para facilitar el desmontaje de componentes durante la prueba no precisarán ser probadas a presión después de desmontar la brida ciega o tapón, a condición de que posteriormente pasen una prueba de estanqueidad que podrá realizarse por partes aislables del sistema a medida que su montaje se vaya terminando.
Con respecto a las pruebas de presión para circuitos de fluidos secundarios, deberán ser sometidos a una prueba (hidráulica o neumática) con una presión del 15% sobre la de diseño. La presión en el punto más bajo no deberá superar el 90% del límite elástico ni 1,7 veces la tensión admisible para materiales frágiles.
Si se utiliza un refrigerante como fluido secundario, el sistema de tuberías deberá probarse como el de un sistema frigorífico.
También deberá tenerse en cuenta la reparación de uniones y en caso de presentar fugas, ser reparadas. Las uniones por soldadura fuerte que presenten fugas deberán ser rehechas, y no se podrán reparar utilizando soldadura blanda. Las uniones por soldadura blanda podrán ser reparadas limpiando la zona defectuosa y volviendo a preparar la superficie y soldar.
Los sectores de las uniones soldadas que se hayan detectado como defectuosos durante la realización de los ensayos no destructivos, deberán sanearse y soldarse de nuevo y ser probadas nuevamente.
Prueba de estanqueidad
El sistema de refrigeración deberá ser sometido a una prueba de estanqueidad bien como conjunto o por sectores. Para los sistemas compactos, semicompactos y de absorción herméticos, esta prueba de estanqueidad se efectuará en fábrica y se utilizarán diversas técnicas dependiendo de las condiciones de producción (gas inerte a presión, vacío, gases trazadores…). El método utilizado será supervisado por el instalador frigorista.
Cuando se añaden sustancias trazadoras al gas inerte, éstas no deberán ser ni peligrosas ni perjudiciales para el medio ambiente. En ningún caso podrán ser empleadas sustancias organohalogenadas.
Tanto las pruebas de estanqueidad realizadas tanto en los equipos construidos en fábrica como en las instalaciones frigoríficas realizadas “in situ”, se llevarán a cabo por una empresa frigorista y bajo su responsabilidad o, en su caso, del técnico competente director de la obra de la instalación frigorífica, quienes una vez realizadas satisfactoriamente, extenderán el correspondiente certificado.
Procedimiento de vacío
En relación al procedimiento de vacío, se deberá tener en cuenta que no podrán utilizarse para comprobar la estanqueidad del circuito frigorífico. Queda prohibido el empleo de refrigerantes fluorados en fase gaseosa para extraer la humedad. Para tal fin el fluido utilizado será el nitrógeno seco exento de oxígeno.
En el caso de procedimiento de vacío de sistemas que utilicen halocarbonos o hidrocarburos con una carga superior a 20 kg carga, el sistema se deberá secar y evacuar a menos de 270 Pa absolutos. Este vacío se mantendrá como mínimo 30 minutos y después se romperá mediante nitrógeno seco. El sistema se evacuará otra vez a menos de 270 Pa absolutos. Este vacío se mantendrá como mínimo 6 horas y después se romperá utilizando el refrigerante del sistema.
Si por el contrario, se trata de sistemas con halocarbonos o hidrocarburos con carga inferior a 20 kg., la presión de vacío antes de recargar el refrigerante será inferior a 270 Pa absolutos. El plazo de tiempo para mantener el vacío dependerá del tamaño y la complejidad del sistema, con un mínimo de 60 minutos.
En sistemas con amoníaco o CO2, la presión de vacío antes de cargar el refrigerante deberá ser inferior a 675 Pa absolutos. El tiempo durante el cual deberá mantenerse el vacío dependerá del tamaño y la complejidad del sistema, siendo el mínimo de 2 horas. Los sistemas de amoníaco que utilicen lubricantes miscibles necesitarán un tratamiento especial que podrá requerir la instalación de filtros deshidratadores.
Control del conjunto de la instalación antes de su puesta en marcha
Antes de poner en funcionamiento un sistema de refrigeración se deberá comprobar el mismo en su totalidad. Se verificara que la instalación está de acuerdo con los planos constructivos, los diagramas de flujo, tuberías e instrumentación, control y esquemas eléctricos.
El control de los sistemas de refrigeración, realizado por una empresa frigorista, deberá incluir los siguientes puntos:
- Comprobación de la documentación de los equipos a presión; ningún sistema de refrigeración deberá ser puesto en funcionamiento si no está debidamente documentado y revisado con el fin de asegurar que los equipos a presión del sistema de refrigeración cumplen con los requisitos, códigos de diseño y otras normativas reguladoras apropiadas de la legislación existente.
- Comprobación del equipo de seguridad; deberá comprobarse que los dispositivos de seguridad requeridos están instalados y se encuentran en condiciones de funcionamiento además de verificar que se ha elegido la presión de tarado adecuada para garantizar la seguridad del sistema; los dispositivos de seguridad deberán cumplir con la normativa correspondiente y deberán haber sido probados y certificados por el fabricante. Las válvulas de seguridad con descarga al exterior se deberán comprobar para asegurar que se ha marcado la presión de tarado correcta en su cuerpo o la que se especifica en la placa de características. De forma adicional, deberá comprobarse el correcto marcado de la presión nominal de rotura de los discos; el marcado correcto de la temperatura de fusión de los tapones fusibles
- Comprobación de que las soldaduras de las tuberías son conformes con los procedimientos aprobados.
- Comprobación de las tuberías; deberá comprobarse que la tubería del sistema de refrigeración ha sido instalada de acuerdo con los planos, especificaciones y normas que sean de aplicación.
- Verificación del acta de la prueba de estanqueidad del sistema de refrigeración.
- Verificación visual del sistema de refrigeración; por último, se deberá llevar a cabo una comprobación visual de la instalación completa de acuerdo con los anexos normativos A y B de la Norma UNE EN 378-2.
Por último la carga del refrigerante se realizará de la siguiente forma:
- Para equipos de compresión de más de 3 Kg. de carga de refrigerante y refrigerantes azeotrópicos, el fluido deberá ser introducido en el circuito a través del sector de baja presión en fase vapor.
- Para refrigerantes zeotrópicos, la carga se realizará en fase líquida y deberá efectuarse de modo que el fluido se expansione en el dispositivo que incorporan los evaporadores, y evitar así que pueda llegar líquido a los compresores. Para ello se dispondrá de una toma de carga con válvula y una válvula de cierre aguas arriba de la tubería de alimentación de líquido, que permita independizar el punto de carga del sector de alta. Ninguna botella de refrigerante líquido deberá ser conectada o dejarse permanentemente conectada a la instalación fuera de las operaciones de carga y descarga del refrigerante.
Fotografía de portada cortesía de AEFYT ( Asociación de empresas del frío y sus tecnologías)
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