Se crea el Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
El BOE del 15 de mayo publica la Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, cuya entrada en vigor ha sido el 16 de mayo de 2019. Ahora ahora, sólo existía un Registro Integrado Industrial dependiente del Ministerio de Industria, que contenía datos de empresas habilitadas en Gases Fluorados, pero no lo hacía de profesionales ni Centros de Formación Objeto.
Este registro contendrá información sobre profesionales y centros de formación y más adelante también sobre empresas habilitadas integrándose así en un único registro toda la información concerniente a gases fluorados.
La constitución y regulación del Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.2 del RD 115/2017.
Naturaleza jurídica, ámbito de aplicación y contenido del registro unificado
- Se constituye el Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados como registro oficial de carácter administrativo, declarativo, informativo y público.
- El registro quedará adscrito a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica. Será la que lo gestione, conserve y mantenga.
- Se compondrá, inicialmente, de las secciones de certificados expedidos y de centros formativos y evaluadores.Dentro de la sección de certificados expedidos, se recoge una subsección destinada a las empresas certificadas para la manipulación de gases fluorados de efecto invernadero, con la información que, voluntariamente, faciliten las comunidades autónomas.
- Dicho registro se nutrirá periódicamente y a través de medios informáticos de los registros actualizados de las comunidades autónomas.
- El registro contendrá los datos que se detallan en el anexo.
Disposición transitoria única. Certificaciones existentes
Los certificados de profesionales y empresas, así como las autorizaciones a centros de formación y evaluación, que hubieran sido expedidos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, y en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta orden, se integrarán en el Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados.
Puedes descargar la Orden TEC 544/2019 aquí
Fuente: CONAIF
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