Plan Renove de Salas de Calderas en la Comunidad de Madrid
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (Fenercom) y Agremia (Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía) han presentado una nueva edición del Plan Renove de Salas de Calderas en la Comunidad de Madrid para el año 2020, en el que colaboran compañías distribuidoras de gas (Nedgia, Madrileña Red de Gas, Redexis Gas), fabricantes de calderas ( a través de Fegeca) y empresas instaladoras y mantenedoras (a través de Agremia).
El importe de los incentivos del Plan Renove privado de salas de calderas en la Comunidad de Madrid vendrá determinado por la potencia térmica de las nuevas calderas instaladas, y constará de dos partes: un incentivo aportado por la empresa distribuidora y otro proveniente de la empresa instaladora.
“Podrán beneficiarse del Plan todas las renovaciones de salas de calderas efectuadas entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, siendo esta última la fecha límite para presentar las solicitudes de ayuda y correspondiendo a la empresa instaladora o mantenedora que haya realizado la renovación, la tramitación de la solicitud ante la entidad gestora”, ha señalado Miguel Ángel Sagredo, responsable jurídico de la asociación Agremia.
Esta ayuda, que es compatible con cualquier otra de carácter público o privado de la que las comunidades de propietarios pudieran beneficiarse por las mismas actuaciones, se puede solicitar a través de www.cambiatucaldera.com.
Quién puede beneficiarse
Optan a estas ayudas:
a) Las comunidades de propietarios de dos o más viviendas.
b) Las personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios, de:
- Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.
- Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes con potencia
- térmica nominal mayor a 70 kW.
- Empresas con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
- Edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal
- mayor a 70 kW.
El Plan Renove de Salas de Calderas tiene como objetivo que el mayor número de viviendas madrileñas en cuyas salas de calderas hasta ahora se empleaban otros combustibles, pasen a usar gas natural, instalando nuevas calderas de condensación.
Para acogerse al Plan, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por el Instalador Adherido al Plan Renove que realice la sustitución.
La/s caldera/s que se instalen se deben encontrar en el listado de calderas de condensación aceptadas en el presente Plan Renove Privado de Salas de Calderas.
Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación expedida por el Instalador Adherido al Plan Renove.
Podrán acogerse al Plan todas aquellas sustituciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020. - Nota: Se considerará como fecha de sustitución, aquella fecha que figure como fecha de registro de entrada del “Documento de puesta en servicio de instalaciones receptoras de gases combustibles”.
- Nota: No podrán ser beneficiarias del presente Plan Renove todas aquellas sustituciones para las que se haya otorgado incentivo en anteriores ediciones.
Con carácter general sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este plan quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean además – y en último término – quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita. Se entenderá que existe financiación de la instalación cuando la inversión sea inicialmente ejecutada por una entidad distinta al titular o arrendatario del inmueble en el que se ubique la instalación, pero la misma sea recuperada por aquella en un determinado periodo de tiempo mediante el cobro a este de las cantidades correspondientes al capital invertido.
En el caso de que en la renovación de calderas haya intervenido una empresa de servicios energéticos, el incentivo siempre se ingresará en la cuenta bancaria del titular o arrendatario del inmueble.
Fase inicial
Toda la información sobre Agremia en:
www.agremia.com
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