La normativa sobre contaje supondrá un apoyo a la eficiencia energética de las instalaciones existentes
- Escrito por Concha Raso
La Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración (Atecyr), organizó en la Feria Genera, una jornada sobre contaje de energía, en la que se analizaron los pros y los contras del borrador de Real Decreto de contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, publicado por el anterior Ministerio de Energía –ahora de Transición Ecológica- a mediados de marzo, con el fin de terminar de trasponer la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética.
La charla magistral corrió a cargo de Ricardo García San José, Vicepresidente del Comité Técnico de Atecyr, que se centró en tres puntos: si el borrador de Real Decreto fomenta el potencial de ahorro que ofrece la implantación de equipos de contaje individualizados, si son viables en todas las zonas geográficas de España las medidas de contabilización y ahorro, y si el contaje de energía es una oportunidad para proteger el medio ambiente y fomentar el ahorro energético y económico. En este sentido, señaló que la publicación del RD “supondrá un apoyo a la eficiencia energética de las instalaciones existentes”.
El representante de Atecyr señaló que el objetivo de los contadores individuales es que “cada uno conozca sus consumos y, con ello, tratar de reducir la emisión de contaminantes y, por ende, la reducción de costos”. A este respecto, se mostró de acuerdo en que es “positivo” poner este tipo de contadores.
García San José hizo un repaso por las diferentes normativas que han incluido alguna referencia sobre la instalación de contadores individuales. En este sentido, el Vicepresidente del Comité Técnico de Atecyr recordó que la primera vez que Europa habló de poner contadores individuales fue en una Recomendación del Consejo de 4 de mayo de 1976 “siempre que la técnica lo permita”. Desde entonces, han pasado más de 40 años y está claro “que, esa técnica, no tiene nada que ver con la que tenemos en este momento, ya que los equipos han mejorado mucho, los costos han bajado y ahora tenemos mejores alternativas”.
España recogió la obligación de instalar contadores de Agua Caliente Sanitaria (ACS) en todos los edificios en la IT.IC.26 del año 1980 aprobada por RD 1618/1980, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria, con el fin de racionalizar su consumo energético y, “como la técnica ya lo permitía, obligó a los contadores individuales de ACS -incluso en los edificios existentes-, siendo la primera y única vez que se ha legislado con carácter retroactivo”, apuntó el representante de Atecyr.
Posteriormente, el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios (BOE núm. 186 de 5 de agosto), obligaba a los nuevos edificios a disponer de un sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) entre los diferentes consumidores, tal y como establece su Instrucción Técnica 1.2.4.4.
Finalmente, la Directiva de 2012 relativa a la eficiencia energética, decidió en su artículo 9 que hay que poner contadores, estableciendo la obligación de los clientes finales de calefacción y refrigeración de instalarlos siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable, de manera que se permite a dicho cliente final conocer y optimizar su consumo real de energía.
En líneas generales, el borrador de RD sobre contaje fija para los titulares de instalaciones térmicas centralizadas existentes en los edificios, la obligación de instalar contadores individuales que midan el consumo de calor y frío de cada consumidor, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable. Excepcionalmente, para el caso de calefacción, y siempre que no sea técnicamente viable el uso de contadores individuales, se impone la obligación de instalar repartidores de costes de calefacción o sistemas alternativos, siempre que esta opción sea económicamente viable.
“Una vez que a un usuario le obligas a poner un contador –explicó García San José-, habrá que darle libertad para que pueda seleccionar horarios, temperaturas, etc; de manera que, a ese contador, habrá que acompañarlo por unos elementos de control que permitan al usuario moverse en esos términos y, por tanto, abre una puerta a que si el clima no es tan severo y los números no salen, haya cierta libertad”.
Ahorro de energía
Ricardo García San José afirmó que los contadores de energía individuales siempre ahorran energía porque el usuario es consciente de su consumo, pero es posible que no siempre sean rentables”. En este sentido, indicó que “hay que comparar el ahorro que proporciona con la inversión que tiene que hacer el usuario”. Y puso un ejemplo: “los equipos cuestan lo mismo en Almería que en Burgos, pero no ahorran lo mismo en una ciudad que en la otra; de manera que hay que hacer un segundo paso que es un análisis técnico-económico-medioambiental”.
García San José señaló que el consumo depende de varios factores: de la zona climática donde se encuentre el edificio, del aislamiento que tenga, de la calidad de las instalaciones y del uso. “A menor consumo, menor rentabilidad, porque el porcentaje de ahorro puede ser el mismo pero el ahorro económico es menor; y a mayor coste de la instalación, menor rentabilidad. Cuanto más aislados estén los edificios, cuanto mejor sean las instalaciones, cuanto mejor se mantengan, desde el punto de vista del ahorro el contador va a ahorrar menos”, razonó.
Respecto al clima, señaló que en algunas zonas “nunca habrá problemas de rentabilidad, el ahorro puede llegar a ser muy importante, pero en otras no lo será”. Respecto al aislamiento, recordó que a raíz del Código Técnico de la Edificación, “el aislamiento térmico de los edificios mejoró muchísimo, sobre todo en cubiertas, de manera que el potencial de ahorro dependerá de cuándo esté construido el edificio”. Lo mismo sucede con la calidad de las instalaciones: “antes del año 1981 no había reglamentación y después sí”. Y, por supuesto, el costo de poner el contador dependerá del punto en el que haya que instalarlo, “porque el contador cuesta lo mismo, pero el coste de instalación aumenta”.
En opinión del Vicepresidente del Comité Técnico de Atecyr, el borrador de Real Decreto ha establecido unos plazos “que a mí me parecen largos. Nos podríamos ir a 2021. Primero hay que hacer un estudio de viabilidad y, si sale rentable, se pide el presupuesto y, si es viable, a partir de ese momento hay 15 meses para hacerlo. Si ese estudio no sale rentable, el usuario está eximido de hacerlo”. Este estudio se tiene que basar en una Guía que está pendiente de publicación y que el representante de Atecyr señaló que “es urgente que salga ya”.
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