Autoconsumo compartido; sus claves y ventajas (Infografía)
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
El pasado mes de julio entró en funcionamiento la primera instalación legalizada de autoconsumo eléctrico compartido de España tras la sentencia del Tribunal Constitucional 68/2017, de 25 de mayo, por la que se modificaron algunos artículos del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, en el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
Con esta legalización, confirmada un año después de realizada la instalación de autoconsumo, se inicia una nueva etapa en nuestro país que favorecerá el desarrollo de las renovables permitiendo a los usuarios obtener la electricidad de una misma instalación de generación.
Además, ante las últimas subidas del precio de la luz y la necesidad de impulsar las energías renovables de cara a la obligatoria transición energética, el Gobierno anunció recientemente una serie de medidas a corto y largo plazo relacionadas con el autoconsumo energético tales como:
- Modificación de la Ley del Sector Eléctrico en los términos de la Proposición de Ley de autoconsumo
- Eliminación de cargos ni peaje de respaldo a la energía autoconsumida
- Fomento del autoconsumo compartido
- Exención de inscribirse en el registro a las pequeñas instalaciones
- Impulso a la simplificación de la tramitación administrativa
- Mejora de las tarifas para el sector agrario/regantes y reducción de peajes para autoconsumo
Con este motivo, queremos realizar un breve repaso sobre el autoconsumo eléctrico compartido respondiendo a las princiapales cuestiones que se plantean los usuarios: ¿en qué consiste este tipo de instalación renovable? ¿está permitido hoy en día? ¿qué ventajas y limitaciones tendría este tipo de instalaciones?
Cuando hablamos de autoconsumo eléctrico compartido nos referimos al consumo de energía eléctrica proveniente de instalaciones de captación renovables conectadas en el interior de una red de varios consumidores o bien a través de una línea directa de energía eléctrica asociada a una comunidad de consumidores. Los captadores de energía renovables normalmente son placas solares fotovoltaicas por lo que se suele hablar de autoconsumo fotovoltaico compartido.
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Entre las ventajas del autoconsumo compartido encontramos las siguientes:
- Se consigue que cada usuario produzca su propia electricidad, minimizando el importe de la factura energética.
- Se reduce la dependencia de las compañías eléctricas y se reduce la dependencia energética del país con el exterior.
- Los sistemas de autoconsumo fotovoltaicos utilizan energía solar, renovable e inagotable, muy respetuosa con el medioambiente.
- Ayudaría a cumplir con los objetivos europeos de reducción de emisiones de CO2.
- Fomentaría que los inmuebles se conviertan en edificios de consumo casi nulo
- Se evitan problemas para abastecer toda la demanda en hora punta, conocidos por los cortes de electricidad y caídas de tensión.
Tipos de instalaciones de autoconsumo compartido
Instalación básica: En realidad se trataría de una instalación de autoconsumo individual, ya que la única titularidad corresponde a la Comunidad de Propietarios y es la única usuaria de la instalación, aprovechando la energía proveniente de paneles solares fotovoltaicos instalados en la azotea para la luz en zonas comunes, ascensor, etc.
Instalación integral: La Comunidad de Propietarios sigue siendo la titular de la instalación, pero en este caso también se abastece de energía a las viviendas y locales. La distribuidora solo lee el contador común (bidireccional), y factura a la propiedad en su conjunto. Esta, o la entidad gestora, es la que lee los contadores individuales de los usuarios, y les factura. Se parece a cómo se hace con el agua en muchas casas.
Instalación flexible: Con la solución flexible, sólo algunos de los vecinos se aprovechan de la instalación fotovoltaica de autoconsumo y el resto de vecinos podría conectarse en el futuro. Además, cada usuario es libre de elegir su propia comercializadora. Para esta modalidad, los vecinos tendrían que formar una sociedad.
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