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Repartidores de costes para sistemas de calefacción centralizada

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A partir del día 1 de enero de 2017 cada vecino de un inmueble dotado de un sistema de calefacción centralizada pagará únicamente por la energía que consuma y dejará de estar sujeto al sistema de cálculo por coeficientes. Pero este hecho obligará a la modificación de las instalaciones y a la utilización de repartidores de costes de calefacción y contadores individuales.

El proyecto de Real Decreto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por el que se traspone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia energética y contabilización de consumos energéticos; y, en concreto, el contenido reflejado en el Real Decreto, artículo 14, en el cual se expone la obligatoriedad de individualizar el gasto de climatización de cada vivienda reza: “Toda instalación térmica que dé servicio a más de un usuario dispondrá de algún sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) entre los diferentes usuarios”, y establece como fecha límite para disponer obligatoriamente de la individualización de consumos el 31 de diciembre de 2016 para todas aquellas instalaciones térmicas de edificios existentes que cuenten con una instalación centralizada, así como para todas las contempladas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios, en lo referente tanto a la instalación de contadores o repartidores de costes como a la instauración de la lectura y liquidación de consumos individuales. 

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), organismo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España, en colaboración con la Asociación Técnica Española de Climatización y Refrigeración (Atecyr), ha elaborado ya un documento orientativo denominado “Guía Práctica sobre instalaciones centralizadas de calefacción y ACS en edificios de viviendas”. La medida, que persigue una más óptima eficiencia energética y un coste más justo del sistema, conllevará una destacada inversión por parte de los consumidores afectados en dispositivos de medición y procedimiento que permitan adaptar las instalaciones a la legislación vigente. 
 
Esta nueva normativa, razona la portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, “soluciona el problema que generan este tipo de instalaciones” que son “claramente ineficientes”, puesto que, como expone Ignacio Abati, presidente de la Asociación Española de Repartidores de Costes (AERCCA), “si no estamos en casa durante un periodo largo de invierno, y cerramos los radiadores, en realidad seguimos pagando lo mismo, aunque no estemos disfrutando de la calefacción”. La mayoría de sistemas de climatización central instalados en la actualidad derrochan energía y, aun y así, no logran establecer la temperatura requerida en todos los puntos de la vivienda. Las pautas para tarificar la energía que se consume varían cada cierto tiempo y la consecuencia suele ser que la mayoría de consumidores no sabe qué está pagando.  
 

Ahorro y confort gracias a los repartidores de costes

“el ciudadano debe saber que esto va repercutir en su bolsillo: cada familia se ahorrará, de media, unos 200 euros al año”,

Con la instalación de medidores, argumentan desde la OCU, “se consigue un ahorro importante, que oscila entre un 20 y un 30% de consumo de energía y sobre todo un mayor confort, ya que cada usuario utiliza la calefacción de acuerdo a sus necesidades reales”. Además, apunta AERCCA, “el ciudadano debe saber que esto va repercutir en su bolsillo: cada familia se ahorrará, de media, unos 200 euros al año”, y añaden que “la amortización es muy rápida, normalmente en menos de 18 meses la inversión está totalmente amortizada”. Se estima que son 1,7 millones los hogares españoles que cuentan con este tipo de dispositivos y que, por tanto, sus propietarios deberán plantearse modificar sus instalaciones antes del 31 de diciembre de 2016 dado que, si no lo hiciesen, se enfrentarían a sanciones de hasta 10.000 euros.  
 
Para cumplir con la normativa es preciso incorporar un contador individual para cada vecino. Sin embargo, ello únicamente es posible para aquellos sistemas de distribución de calor/frío dispuestos en anillo, aproximadamente un 40%, mientras que los sistemas distribuidos en columna requieren de una actuación que incluye un aparato de medición en cada radiador y de una unidad de lecturas que las centraliza. E independientemente del sistema que se emplee se debe contemplar algún tipo de solución que permita a los usuarios regular la temperatura de forma individual. Las instalaciones en anillo se regulan con un único termostato y una válvula de entrada en la vivienda, mientras que el resto obliga a regular cada radiador por separado con una válvula termostática en cada entrada. Este producto puede ser mecánico o bien electrónico. En el momento en que cada vecino pueda ajustar la temperatura de su vivienda, la presión del agua en las tuberías sufrirá frecuentes variaciones y, en consecuencia, habrá que sustituir las bombas de velocidad fija por otras de velocidad variable, que consumen entre 3 y 8 veces menos energía y no generan tanto ruido. Asimismo, se recomienda volver a equilibrar el circuito hidráulico. 
 

Calidad y formación especializada 

 La adaptación a la normativa debe ser acordada en junta de propietarios y, debido a que se trata de una actuación en materia de eficiencia energética, requiere el voto favorable de 3/5 partes de los propietarios.

La OCU calcula que “la instalación de los repartidores de costes (o el calorímetro) y las válvulas termostáticas, junto con la derrama por adaptar las instalaciones comunes, supone un desembolso de entre 700 y 1.100 euros por vivienda”. Existe la posibilidad de alquilar los equipos a una empresa especializada y, en este sentido, esta entidad manifiesta que “se evita el desembolso inicial, pero a la larga no es una opción interesante”. La adaptación a la normativa debe ser acordada en junta de propietarios y, debido a que se trata de una actuación en materia de eficiencia energética, requiere el voto favorable de 3/5 partes de los propietarios. Y será el administrador o bien el presidente de la comunidad quien deberá encargarse de procesar los repartos que le remita la empresa de gestión energética para emitir las facturas de cada vecino. Algunas comunidades autónomas - Andalucía, Asturias, Madrid, Navarra y País Vasco - han establecido planes de ayuda para este tipo de instalaciones. 
 
Para los fabricantes y profesionales del sector, como destacan desde AERCCA, “es un reto muy importante y ambicioso” que implicará “instalar casi 8 millones de repartidores de costes de calefacción y aproximadamente 5 millones de válvulas termostáticas”. Así, el sector puede contribuir a una más óptima implementación de esta legislación velando para que “los productos que se instalen tengan la calidad necesaria y, sobre todo, que quien los instale cuente con la formación necesaria”. En esta línea, desde este organismo se ha “promovido la creación de un servicio de certificación de calidad que emitirá AENOR y de inspección y verificación de las instalaciones que realiza CEIS”. De cara al ciudadano, la OCU pide que se aporte “la solución técnica adecuada para cada tipo de instalación, dependiendo de sus características” e incide en que los profesionales deben “ofrecer al consumidor la máxima transparencia” en relación a “precios, presupuesto, condiciones, plazo de instalación y sobre todo garantías”. 
 
Con el fin de evitar inconvenientes y conseguir un despliegue efectivo, afirman desde AERCCA, “es urgente que se publique ya la trasposición de la directiva” y que vaya acompañada de “un esfuerzo divulgativo muy importante”.
Modificado por última vez enViernes, 17 Julio 2020 12:48

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