Rendimiento medio estacional de las calderas de condensación
- Escrito por Gaspar Martín
En la Directiva Europea de Ecodiseño ErP en vigor desde el 26 de septiembre de 2015, normativa que afecta a las calderas de condensación, aparecen nuevas formas para valorar y calcular la eficiencia energética de los productos en relación a los criterios previos. Una de esas modificaciones se refiere a la medición del rendimiento medio estacional de las calderas de condensación.
Antes de la ErP se hablaba de rendimiento instantáneo del aparato para uso de calefacción y A.C.S., y ahora con la ErP se definen dos rendimientos, uno para servicio de calefacción y otro para A.C.S. (en caso que se considere un equipo mixto doble servicio).
De igual forma, el rendimiento de calefacción se expresa como un rendimiento estacional para las calderas por debajo de 70 kW (mediante una media ponderada de rendimientos instantáneos al 30% y al 100%), mientras que el de A.C.S. se define a partir de un perfil de carga declarado.
Para las calderas entre 70 y 400 kW, se utilizan rendimientos instantáneos a carga total y parcial al 30%. Para todos los casos, los rendimientos instantáneos utilizados en el cálculo y definición están referidos al Poder Calorífico Superior (PCS) del combustible en lugar del Poder Calorífico Inferior (PCI) como hasta ahora. Ambos conceptos quedan definidos en el artículo "Funcionamiento de las calderas de condensación". Esto supone, que desde el 26 de Septiembre de 2015, ninguna caldera del mercado tendrá un rendimiento mayor al 100% (por el hecho de referenciarnos al PCS en que ya se tiene en cuenta el calor latente recuperado en la condensación). Lo anterior es coherente ya que prácticamente todas las calderas que encontremos en el mercado serán de condensación, y por tanto, ya aprovecharán el calor latente presente en los humos e incluido en el PCS del combustible.
Los requisitos de rendimiento estacional de las calderas de gas que exige la Directiva (tanto sólo calefacción como mixtos), son mínimo el 86% para calderas de hasta 70 kW, y para calderas entre 70 y 400 kW, un 86% al 100% de carga y un 94% al 30% de su potencia. Hay que recalcar en que estos rendimientos son prácticamente imposibles de alcanzar si no se utilizan calderas de condensación. Aunque la Directiva y sus reglamentos delegados no obligan al uso de este tipo de calderas de forma explícita, el mercado derivará hacia estas tecnologías ya que son prácticamente las únicas que pueden cumplir los requisitos solicitados.
Para ayudar a entender el grado de exigencia de las nuevas Directivas, en las tablas siguientes se comparan los criterios de instalación según R.I.T.E. (transformados a valores de rendimiento sobre PCS y estacional para el caso de calderas de menos de 70 kW) y lo que se exige a los fabricantes según la Directiva ErP para el caso de una caldera domestica de 25 kW y una caldera de tipo terciario de 400 kW:
¿Te ha resultado útil? Compártelo
Artículos relacionados
- ¿Cuáles son las tendencias en construcción en 2024?
- Actualizada la normativa sobre Legionella: Cambios y repercusiones en el mantenimiento de instalaciones
- Viessmann lanza la nueva generación de calderas medianas de condensación a gas
- Radiadores de aluminio con aerotermia ¿La combinación perfecta?
- Consumo de energía responsable y eficiente en el hogar | Lupa Temática